18 de
octubre de 2012. El director general de la Policía, Ignacio
Cosidó se reúne con la Central Sindical Independiente de
Funcionarios (CSI-F), la Confederación Española de Policía (CEP) y la
Confederación Europea de Sindicatos Independientes (CESI) para analizar las
consecuencias de la crisis en el trabajo de las fuerzas de seguridad. Durante
el encuentro, afirma que el Ministerio del Interior está estudiando que la
próxima Ley de Seguridad Ciudadana prohíba la captación, tratamiento o difusión
en Internet de imágenes de agentes en el ejercicio de sus funciones si ponen en
riesgo su persona o la operación en la que están trabajando.
Mismo día, unas horas más tarde. El citado Ministerio se da por aludido y corrige a Cosidó, argumentando que “se trata de un documento de trabajo relacionado con la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana que se encuentra aún en fase de estudio y cuyo objetivo no sería impedir que se graben imágenes o se tomen fotografías en manifestaciones realizadas en la vía pública”. Que sí se podría aplicar esta cuestión “a aquellos casos en los que la presencia de cámaras de televisión pudiesen poner en peligro el desarrollo de una operación policial o una detención”. E insisten en que la medida no pretende limitar el derecho de libertad de expresión o información.
19 de octubre de 2012. La Asociación de la Prensa de Madrid advierte que los
informadores, a los que afectaría especialmente la nueva ley de Seguridad
Ciudadana, ya saben donde están los límites. Mientras, Jueces para la
Democracia muestra su oposición a la medida que considera una vulneración del
derecho a la información.
Entre tanto, el propio Sindicato Unificado de Policía se
pregunta ¿Cómo se puede determinar y
evaluar si la reproducción de una imagen vulnera los derechos de un policía o
pone en peligro una operación?
Y algunas cuestiones más: ¿Quién decidirá
cuándo se pueden tomar imágenes?¿Cómo? ¿Por qué?
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